Comunicación de inutilización de documentación ante DGI: qué revisar
Qué pasó
La DGI publicó el 6 de octubre de 2026 una comunicación referida al procedimiento de inutilización de documentación tributaria, un trámite que las empresas deben completar cuando talonarios, facturas, notas de crédito o demás comprobantes emitidos quedan fuera de uso por destrucción, extravío, robo, defectos de impresión u otros motivos.
Qué implica para el contador
Para los estudios que asesoran emisores de documentación fiscal, conviene revisar en qué casos aplica esta nueva comunicación y si modifica criterios, plazos o requisitos respecto a trámites anteriores. En la práctica, el procedimiento exige identificar rangos de números de comprobantes inutilizados, precisar la causal y presentar la comunicación dentro de los plazos reglamentarios; un error u omisión en esta instancia puede generar observaciones en futuras actuaciones inspectivas o comprometer la trazabilidad documental de cara a controles de DGI. Es un buen momento para relevar el stock de talonarios de cada cliente, identificar situaciones pendientes y, si corresponde, coordinar la presentación antes de que se acumulen causales. También puede ser relevante para liquidaciones concursales, cierres de Establecimientos Permanentes, cambios de domicilio o adecuaciones a los nuevos sistemas de facturación electrónica donde queden comprobantes físicos sin utilizar.
Contexto
La inutilización de documentación se enmarca en el régimen de control de comprobantes fiscales regulado por el Decreto 597/988 y resoluciones complementarias de la DGI, que obligan a los emisores a mantener trazabilidad de los talonarios recibidos y a comunicar formalmente su desafectación.
Fuentes
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