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DGI actualizó el calendario de vencimientos 2026: qué revisar en tu agenda

DGI Tributario

Qué pasó

La Dirección General Impositiva publicó una versión actualizada del calendario general de vencimientos correspondiente al ejercicio 2026, con fecha de publicación 29 de julio. Se trata de la revisión de mitad de año, instancia habitual para corregir, prorrogar o precisar fechas que pueden haberse modificado respecto del calendario original.

Qué implica para el contador

Una actualización a esta altura del año no es menor: cualquier corrimiento de plazo impacta directamente en la planificación de cierres, pagos y presentaciones. Conviene verificar tres puntos clave antes de seguir operando con la agenda vieja:

  • Regímenes mensuales: IVA, IRPF de dependientes y retenciones, si hubo cambios en las fechas de vencimiento de los meses ya transcurridos o de los que restan.
  • Regímenes anuales y en cuotas: IRAE, IRPF, Impuesto al Patrimonio y tributos、quitas o regímenes especiales suelen tener calendarios con particularidades. Cualquier modificación obliga a recalcular cuotas y, eventualmente, a revisar pagos ya realizados.
  • Recordatorios internos del estudio: agendas compartidas, alertas automáticas y comunicaciones a clientes deben sincronizarse con la versión vigente para evitar presentaciones fuera de término.

Para estudios que gestionan carteras grandes, también conviene cruzar el calendario DGI con los vencimientos del BPS y del MTSS, ya que la coincidencia de fechas suele ser frecuente y un corrimiento en impuestos puede afectar la planificación previsional.

Contexto

DGI suele publicar el calendario general al cierre del año anterior y luego una o más actualizaciones durante el ejercicio, generalmente en julio y, eventualmente, a fin de año. Cuando la actualización llega a mitad de año, como en este caso, la recomendación operativa es tomar la nueva versión como referencia válida desde su publicación, sin asumir que las fechas anteriores se mantienen. Dada la insuficiencia del resumen disponible, se sugiere revisar directamente el documento oficial para confirmar el detalle de cada obligación y, ante dudas, consultar los servicios en línea de DGI.

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Fuentes

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