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DGI publica emisores desafiliados del régimen CFE: qué revisar en cartera

DGI Tributario IRAE

Qué pasó

La Dirección General Impositiva publicó el listado actualizado de emisores que fueron desafiliados del régimen de Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE), identificando a los contribuyentes que perdieron su condición de emisores electrónicos autorizados por la administración tributaria.

Qué implica para el contador

Para los estudios que asesoran contribuyentes del IVA, conviene cruzar el listado publicado con la cartera de clientes y proveedores. Un emisor desafiliado no puede emitir comprobantes electrónicos válidos, lo que genera consecuencias concretas: quienes adquieran bienes o servicios a estos emisores pueden ver comprometida la deducibilidad del IVA crédito o el respaldo documental de gastos deducibles en IRPF e IASS. También corresponde revisar cómo están documentando sus operaciones los clientes habituales que aparezcan en el listado y evaluar si corresponde reportarlas en los regímenes de información vigentes. Si un cliente necesita reingresar al régimen, el trámite de reafiliación se canaliza ante DGI; mientras tanto, la facturación queda limitada a comprobantes no electrónicos cuando corresponda. El trabajo fino está en revisar la lista completa en la fuente oficial y cruzarla con los sistemas internos del estudio.

Contexto

El régimen CFE es obligatorio para la mayoría de los contribuyentes del IRAE e IVA. La desafiliación puede originarse en renuncia voluntaria, incumplimiento de requisitos técnicos o sanciones administrativas, y cada situación tiene efectos distintos sobre la continuidad operativa del emisor y sobre el tratamiento tributario de las operaciones que involucra.

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Fuentes

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