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IMESI en naftas: reducción en zonas de frontera y su impacto operativo

DGI Tributario

Qué pasó

La DGI publicó una modificación en la alícuota de IMESI aplicable a la venta de naftas en zonas de frontera, con el objetivo de acercar los precios locales a los de los países limítrofes y contener la fuga de demanda hacia estaciones del exterior.

Qué implica para el contador

Para los estudios con cartera en departamentos fronterizos, hay tres frentes de trabajo inmediato. Primero, conviene revisar la parametrización de los sistemas de facturación de los contribuyentes expendedores de combustibles: las estaciones de servicio y los distribuidores deberán reflejar la nueva alícuota desde la fecha de vigencia indicada en la publicación oficial, lo que obliga a verificar el código de producto y la fecha de aplicación para evitar diferencias en la liquidación del tributo. Segundo, identificar clientes con flotas o logística de transporte con origen o destino en zonas de frontera: el menor precio del combustible impacta directamente en los costos operativos y puede requerir ajustes en presupuestos, contratos de flete y liquidaciones internas. Tercero, contemplar el efecto sobre el IVA: al modificarse la base imponible sobre la que se calcula el impuesto, es recomendable revisar los procesos de carga de comprobantes y la consistencia entre los importes de IMESI y de IVA en las liquidaciones automáticas del sistema.

Adicionalmente, para contribuyentes que operan en más de un departamento la alícuota puede variar según la ubicación del punto de venta, por lo que la liquidación debe respetar la geolocalización correspondiente para evitar reparos en eventuales auditorías.

Contexto

El IMESI sobre combustibles es un tributo específico cuya alícuota se fija por la Administración y que históricamente ha tenido tratamientos diferenciales en zonas de frontera para mitigar la disparidad de precios con Argentina y Brasil. Antes de aplicar cualquier cambio a clientes, se sugiere confirmar el alcance geográfico y la fecha exacta de entrada en vigencia directamente en la publicación oficial.

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Fuentes

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